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Channel: UNIVERSIDAD LAICA "ELOY ALFARO" DE MANABI -ULEAM
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MODIFICACIÓN EN LOS PROCESOS DEL EAES

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Por: Fernando Bazurto Paredes / Kimberly Romero Tigua

El pleno de la Asamblea Nacional aprobó el proyecto de reformas a la Ley Orgánica de Educación Intercultural (LOEI), entre las cuales consta la derogación del examen Ser Bachiller, misma que en procesos anteriores validaba parte del componente de la nota final para el posterior ingreso a la universidad.

Departamento de admisión y Nivelación Universitaria (DANU) de la Uleam

Hasta el periodo 2020, la Secretaría de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación (Senescyt), en conjunto con el Ministerio de Educación e Instituto Nacional de Evaluación Educativa (Ineval), tenían un convenio de cooperación, donde el Ineval proveía los reactivos de la toma del examen Ser Bachiller. Víctor Zambrano, director del Departamento de admisión y Nivelación Universitaria (DANU) de la Uleam recalca aquello: “Una vez que los exámenes estaban tomados se pasaban los datos referenciales a la Senescyt, es decir, se tomaban las notas de dicho examen y se lo relacionaba para el ingreso a la universidad”, manifestó la autoridad.

Mg. Víctor Zambrano, director del Departamento de admisión y Nivelación Universitaria (DANU)

El proceso para el ingreso a la universidad sigue estando manejado por el Senescyt tal cual lo establece la normativa. Para su efecto, el Examen para el Acceso a la Educación Superior (EAES) ha tenido modificaciones. Ya no se evalúa las competencias lógicas, abstractas y lingüísticas, sino que se lo relaciona directamente con 4 áreas de conocimientos y académicos: Matemáticas, Lengua y Literatura, Ciencias Naturales y Ciencias Sociales. Por ello, se suprime el Ser Bachiller y se la entrega en las instituciones de un proyecto educativo final.

La competencia por parte de la Universidad Laica Eloy Alfaro de Manabí (Uleam), consta de la capacitación o nivelación de dominio de conocimiento. Dentro de la normativa reglamentaria de la Senescyt establecen dos particulares en el Art. 8, el primer acápite habla sobre la oferta de cupo para el primer periodo académico: “Son aquellos cupos para ingresar de manera directa al primer periodo académico en la carrera e institución señalada”; pero la Uleam se acoge al literal B, que señala una nivelación de carrera: “Son aquellos cupos para ingresar al curso propedéutico o similares desarrollados por la institución de educación superior respectiva”. “Sin embargo, de acuerdo al requerimiento, algunos estudiantes se promueven al primer nivel, aquellos que han tenido el mayor puntaje que vienen asignadas en la matriz técnica de tercer nivel”, mencionó Zambrano.

Cronograma del proceso.

Desde el año 2018, la recepción de documentación que se entrega por los estudiantes que postularon alguna carrera de la Uleam es digital y  se envían directamente al DANU, la cual pasará por una base de datos del mismo.


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